Certificado de Eficiencia Energética
El certificado de eficiencia energética es un documento que proporciona información objetiva sobre las características energéticas de los edificios.

El certificado de eficiencia energética debe presentarse, por el promotor, propietario, o la persona autorizada por los mismos, al órgano competente de la comunidad autónoma en materia de certificación energética de edificios, para el registro de estas certificaciones en su ámbito territorial.

El Certificado de Eficiencia Energética del edificio, o de la parte del mismo contiene, como mínimo, la siguiente información:

a) Identificación del edificio o de la parte del mismo que se certifica
b) Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación de eficiencia energética.
c) Indicación de la normativa sobre ahorro y eficiencia energética de aplicación en el momento de su construcción.
d) Descripción de las características energéticas del edificio: envolvente térmica, instalaciones técnicas, condiciones normales de funcionamiento y ocupación, condiciones de confort y demás datos utilizados para obtener la calificación de eficiencia energética del edificio.
e) Calificación de eficiencia energética del edificio expresada de acuerdo al documento reconocido de Calificación de la eficiencia energética de los edificios.
f) Recomendaciones de posibles intervenciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética de un edificio o de una parte de este.

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS

ANEXO I - DESCRIPCIÓN DE LA CARACTERÍSTICAS ENERGÉTICAS
 DEL EDIFICIO
En este apartado se describen las características energéticas del edificio, envolvente térmica, instalaciones, condiciones de funcionamiento y ocupación y demás datos utilizados para obtener la calificación energética del edificio.
ANEXO II - CALIFICACIÓN ENERGÉTICA DEL EDIFICIO

DÓNDE SE PUEDE ENCONTRAR LA INFORMACIÓN DEL CONSUMO DE ENERGÍA PRIMARIA NO RENOVABLE Y DE LA DEMANDA DE CALEFACCIÓN Y REFRIGERACIÓN

Etiqueta de calificación energética

La obtención del certificado de eficiencia energética y su registro otorgará el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo, de la etiqueta de calificación energética
Tasas para el registro de los Certificados de Eficiencia Energética según Comunidad Autónoma

COMUNIDAD AUTÓNOMA

TASA REGISTRO CERTIFICADO

ANDALUCÍA

No comprende el pago de tasas

ARAGÓN

No comprende el pago de tasas

ASTURIAS

Tasas desde 17,90€ hasta 145,20€, en función de la superficie

BALEARES

Tasa 4,64€ para viviendas unifamiliares o terciario con superficie inferior o igual a 100m2. Para vivienda unifamiliar o terciario con superficie superior a 100m2, la tasa es de 9,27€

CANARIAS

No exige el pago de tasas

CANTABRIA

Tasas por registro presencial 26,15€

CASTILLA LA MANCHA

Tasa de 16,39€

CASTILLA LEÓN

Tasa de 29,10€ por viviendas unifamiliares, viviendas dentro de un bloque de viviendas, o locales. Tasa de 86,93€ por bloques de viviendas o edificios del sector terciario.

CATALUÑA

Las tasas dependen del tipo de edificio. En el caso de los edificios de nueva construcción sólo se aplicará a los edificios acabados, cuya tasa máxima será de 546€. En el caso de los edificios existentes, la tasa máxima será de 273€.

COMUNIDAD VALENCIANA

Las tasas dependen del tipo de edificio

EXTREMADURA

Tasa de 23,59€

GALICIA

Tasa fija de 5€ más la variación en función del tipo de edificio

LA RIOJA

Tasa de 18€, de los que se deduce el 10% por la normativa de esta comunidad autónoma, al asumir el gasto un sujeto pasivo. De esta forma, el precio es de 16,20€.

MADRID

No incluye tasa para los edificios o partes de edificios existentes. Las tasas para los edificios o partes de edificios de nueva construcción ya terminados varían en función de su uso

MURCIA

Para calcular la tasa a pagar, hay una página de simulación del cálculo de tasas.

NAVARRA

No incluye el pago de tasas

PAÍS VASCO

No incluye el pago de tasas

CEUTA

No incluye pago de tasas

Fuente: https://www.certicalia.com/blog/registro-del-certificado-energetico-en-cada-comunidad-autonoma

Según establece el RD 853/2021 para poder optar a las ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas es necesario la presentación de un certificado de eficiencia energética INICIAL REGISTRADO, un certificado de eficiencia energética con las medidas propuestas para la rehabilitación y un certificado de eficiencia energética para la situación FINAL REGISTRADO. Serán estos certificados los que permitan, además, garantizar el cumplimiento de los requisitos que se exigen para optar a las ayudas.
La demanda global es la suma de la demanda de calefacción y de refrigeración

En el certificado intermedio, con las medidas propuestas para la rehabilitación, se debe comprobar el ahorro estimado en la demanda total (calefacción + refrigeración), teniendo en cuenta la situación inicial y las medidas propuestas. Lo mismo con el consumo de energía primaria no renovable, considerando la situación inicial y la situación considerando las medidas propuestas.

Para optar a las ayudas se deberá registrar el certificado de eficiencia energética de la situación INICIAL y de la situación FINAL. Estos dos certificados servirán de documentación justificativa para comprobar si se cumplen los requisitos técnicos que dan derecho a la subvención. Además, servirán de justificación en el caso de optar a las desgravaciones fiscales.

ASEFAVE

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