Estado de las convocatorias por CCAA

La Rioja

galicia asturias cantabria pais vasco navarra aragón catalunya Comunidad valenciana murcia andalucia extremadura castilla la mancha castilla y leon Madrid La Rioja islas baleares islas canarias
 
 
Andalucia
274.182.100,00 €

 
 
Aragón
33.344.470,00 €

 
 
Asturias
39.210.000,00 €

 
 
Canarias
52.841.446,00 €

 
 
Cantabria
28.571.990,00 €

 
 
Castilla y León
64.894.340,00 €

 
 
Castilla-La Mancha
112.494.570,00 €

 
 
Cataluña
125.998.300,00 €

 
 
Ceuta
1.680.460,00 €

 
 
Comunidad Valenciana
102.363.600,00 €

 
 
Extremadura
32.335.240,00 €

 
 
Galicia
54.026.290,00 €

 
 
Islas Baleares
18.500.000,00 €

 
 
La Rioja
4.720.730,00 €

 
 
Madrid
309.269.000,00 €

 
 
Melilla
1.054.892,00 €

 
 
Murcia
15.889.930,00 €

 
 
Navarra
21.550.000,00 €

 
 
País Vasco
86.340.900,00 €

Ayuda Activa Ayuda Inactiva
Descarga la guía de ayudas
a la rehabilitación
Subvención
Presupuesto
Más información
Dónde solicitar
Programa 3
2.100.000,00 €
Programa 4
2.120.730,00 €
Programa 5
500.000,00 €
TOTAL 4.720.730,00 €
Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

PROGRAMA 1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.

Pendiente de publicación

PROGRAMA 2. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

Pendiente de publicación

PROGRAMA 3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas para la financiación de obras o actuaciones en los edificios de uso predominante residencial en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas, y en las viviendas unifamiliares, tanto en ámbito urbano como rural. 

 1. Son actuaciones subvencionables las de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda con los límites establecidos en el artículo siguiente, siempre que se obtenga una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
2. Además de lo previsto en el apartado anterior, en edificios situados en las zonas climáticas C, D y E, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, deberá asimismo conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos:
– Zonas climáticas D y E: un 35 %
– Zona climática C: un 25 %  

 Plazo de presentación de solicitudes
Entre el 8 de junio de 2022 el 1 de noviembre de 2023. 

PROGRAMA 4. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

Este programa tiene por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares. 
 Las viviendas para las que se solicite financiación de este programa han de constituir el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar la ayuda. Dicha circunstancia se podrá acreditar mediante certificación o volante de empadronamiento. 

 1. Serán actuaciones subvencionables por este programa aquellas que se realicen en viviendas y en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7 % o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.
2. También se considerarán subvencionables las actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación. 

 1. El coste mínimo de la actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.
2. El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación, con un límite de 3.000 €.

No se consideran costes subvencionables los correspondientes a licencias, tasas, impuestos o tributos. No obstante, el IVA o el impuesto indirecto equivalente, podrán ser considerados elegibles siempre y cuando no puedan ser susceptibles de recuperación o compensación total o parcial 

 Plazo de presentación de solicitudes
Entre el 8 de junio de 2022 el 1 de noviembre de 2023. 

PROGRAMA 5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

El objeto de este programa es el impulso a la implantación y generalización del Libro de edificio existente para la rehabilitación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios de acuerdo con los límites establecidos, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, que permita cumplir los objetivos europeos e impulse la actividad de este sector de actividad en el medio y largo plazo, regulado en el Capítulo VI, del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre.

Plazo de presentación de solicitudes
Entre el 8 de junio de 2022 el 1 de noviembre de 2023. 

PROGRAMA 6. Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes

Pendiente de publicación


ASEFAVE

C/Príncipe de Vergara, 74. 3ª planta
28006 – Madrid
Tel: 91 561 45 47
Email: asefave@asefave.org
Powered by Denocheydia - Asefave 2022