PROGRAMA 1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
La finalidad del programa de ayudas es la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados “entornos residenciales de rehabilitación programada (ERRP)” previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población de Castilla-La Mancha.
Para el reconocimiento de las ayudas previstas en este programa, será necesario la previa delimitación del correspondiente entorno residencial de rehabilitación programada, que deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Tratarse de un barrio o zona delimitada territorialmente, pudiendo ser continuo o discontinuo.
b) Al menos un 50% de la superficie construida sobre rasante existente dentro del ERRP o de la edificabilidad resultante según el planeamiento vigente, deberá tener como uso principal el residencial de vivienda, pudiéndose excluir a estos efectos las plantas bajas o plantas inferiores destinadas a otros usos compatibles
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https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2022/07/27/pdf/2022_6989.pdf&tipo=rutaDocm
PROGRAMA 2. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación
Subvención al Colegio Oficial de Arquitectos de Castilla-La Mancha y al Consejo de Colegios Oficiales de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Castilla-La Mancha, para la implantación de dos oficinas de rehabilitación en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, en el marco general de los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.PROGRAMA 3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio
Resolución de 25/05/2022, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La resolución convoca, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas dirigidas a la financiación de actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio en Castilla-La Mancha, dentro del marco general del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. La finalidad de las ayudas es mejorar la eficiencia energética en edificios de uso predominantemente residencial de Castilla-La Mancha.
Las subvenciones a que se refiere la resolución, además de lo previsto por la misma, se regirán por sus bases reguladoras, aprobadas por la Orden 57/2022, de 10 de marzo, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio en Castilla-La Mancha.
Objeto y finalidad de las ayudas
Regular el régimen jurídico de las ayudas dirigidas a la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en edificios de uso predominantemente residencial, y en especial en relación a la envolvente edificatoria en edificios de tipología residencial colectiva incluyendo sus viviendas, así como en las viviendas unifamiliares.
Dotación
La cantidad acumulada con las distintas convocatorias es de 81.568.390 €..
PROGRAMA 4. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas
Personas beneficiarias
Podrán ser personas beneficiarias de las ayudas:
a) Las personas físicas que sean propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas, siempre que las viviendas sobre las que se realicen las actuaciones subvencionables constituyan su domicilio habitual y permanente en el momento de solicitar la ayuda.
b) Las personas jurídicas de naturaleza privada que sean propietarias o usufructuarias de viviendas.
c) Las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de inmuebles destinados a vivienda.
Actuaciones subvencionables
Tendrán la consideración de subvencionables, las actuaciones iniciadas con posterioridad al 1 de febrero de 2020 en vivienda radicadas en Castilla-La Mancha siguientes:
a) Actuaciones que se realicen en viviendas, sean unifamiliares o pertenezcan a edificios plurifamiliares, en las que se consiga una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7% o una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30%.
b) Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica, para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía, del Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
Costes subvencionables
Podrán ser objeto de subvención:
a) La realización de la obra civil vinculada a la actuación.
b) La adquisición de activos materiales.
c) Los honorarios de los profesionales intervinientes en la ejecución de la actuación.
d) El coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios.
e) Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la actuación y otros gastos generales similares.
Cuantía de las ayudas.
El importe de la ayuda será del 40% del coste de la actuación subvencionada, con un límite máximo total de 3.000 €.
Agentes gestores de la rehabilitación habilitado
El agente gestor de la rehabilitación habilitado es un agente de la rehabilitación definido en el artículo 8 del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, que, mediante su adhesión al programa de ayudas a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas, colabora en la gestión del mismo. Cualquier persona física o jurídica o entidad pública podrá solicitar su habilitación como agente gestor de la rehabilitación en cualquier momento del período de vigencia del programa de ayudas, que se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2026. Las personas beneficiarias podrán habilitarse también como agentes gestores de la rehabilitación. La solicitud y su tramitación se realizará por medios electrónicos.
Las solicitudes de ayuda se tramitarán necesariamente a través de los agentes gestores de la rehabilitación habilitados en el programa de ayudas.
Financiación.
PROGRAMA 5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación
Se convocan, en régimen de concurrencia simplificada, las ayudas para la elaboración del “libro del edificio existente para la rehabilitación” y la redacción de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios en Castilla-La Mancha
La cuantía de la ayuda será igual al coste de la actuación subvencionable, sin que pueda superar el mismo, ni las cuantías máximas siguientes:
PROGRAMA 6. Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes
Pendiente de publicación