Estado de las convocatorias por CCAA

Aragón

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Andalucia
274.182.100,00 €

 
 
Aragón
33.344.470,00 €

 
 
Asturias
39.210.000,00 €

 
 
Canarias
52.841.446,00 €

 
 
Cantabria
28.571.990,00 €

 
 
Castilla y León
64.894.340,00 €

 
 
Castilla-La Mancha
95.519.450,00 €

 
 
Cataluña
125.998.300,00 €

 
 
Ceuta
1.680.460,00 €

 
 
Comunidad Valenciana
102.363.600,00 €

 
 
Extremadura
32.335.240,00 €

 
 
Galicia
63.053.840,00 €

 
 
Islas Baleares
18.500.000,00 €

 
 
La Rioja
4.720.730,00 €

 
 
Madrid
239.000.000,00 €

 
 
Melilla
1.054.892,00 €

 
 
Murcia
15.889.930,00 €

 
 
Navarra
21.550.000,00 €

 
 
País Vasco
86.340.900,00 €

Ayuda Activa Ayuda Inactiva
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a la rehabilitación
Subvención
Presupuesto
Más información
Dónde solicitar
Programa 1
15.000.000,00 €
Programa 2
880.000,00 €
Programa 3
8.800.000,00 €
Programa 4
7.305.000,00 €
Programa 5
1.359.470,00 €
TOTAL 33.344.470,00 €
Programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

PROGRAMA 1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.

El Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio tiene como objeto la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios de uso predominante residencial y viviendas, incluidas las viviendas unifamiliares, y de urbanización o reurbanización de espacios públicos dentro de ámbitos de actuación denominados Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP) previamente delimitados en municipios de cualquier tamaño de población.

La convocatoria consiste en una consulta previa dirigida a todos los Ayuntamientos para conocer sus previsiones y necesidades respecto al contenido de este programa.

PROGRAMA 2. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

Ayudas del Programa de apoyo a las oficinas rehabilitación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en la Comunidad Autónoma de Aragón. Suscripción de un convenio con los colegios profesionales de Arquitectos y Arquitectos técnicos y Aparejadores para poner en marcha esas oficinas y mantenerlas en activo hasta el año 2026.

PROGRAMA 3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

Este programa tiene por objeto la financiación de obras o actuaciones en los edificios de tipología residencial colectiva, incluyendo sus viviendas y en las viviendas unifamiliares, en los que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a su envolvente edificatoria.
 .
.1. Son actuaciones subvencionables las de mejora o rehabilitación de edificios de uso predominante residencial para vivienda, y con inicio posterior al 1 de febrero de 2020, siempre que se obtenga conjuntamente: 

a) Una reducción de al menos un 30 % en el indicador de consumo de energía primaria no renovable, referida a la certificación energética.
b) Y una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según la clasificación climática del Código Técnico de la Edificación, de al menos:
– Zonas climáticas D y E: un 35 %
– Zona climática C: un 25 % 

Las zonas climáticas quedan recogidas en el Anejo B del Documento Básico HE Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación. 

Para poder computar la cuantía establecida por cada metro cuadrado sobre rasante de uso comercial u otros usos será necesario que los predios correspondientes participen en los costes de ejecución de la actuación. 

El plazo para ejecutar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en los edificios que se acojan a las ayudas de este programa no podrá exceder de veintiséis meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Dicho plazo se podrá ampliar excepcionalmente hasta veintiocho meses cuando se trate de edificios o actuaciones que afecten a 40 o más viviendas. 

El plazo de presentación de las solicitudes para solicitar las ayudas se iniciará el día 13 de septiembre de 2022 y concluirá el día 31 de octubre de 2023. 

PROGRAMA 4. Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas

Este programa tiene por objeto la financiación de actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas, ya sean unifamiliares o pertenecientes a edificios plurifamiliares. 

Serán actuaciones subvencionables por este programa aquellas que se realicen en viviendas con inicio posterior al 1 de febrero de 2020 y sean necesarias para justificar uno o varios de los siguientes requisitos: 

1. Una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del al menos el 7 %
2. Una reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.
3. Modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire, cuando proceda, establecidos en las tablas 3.1.1.a–HE1 y 3.1.3.a–HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación. 

El plazo para ejecutar las obras para la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en las viviendas que se acojan a las ayudas de este programa no podrá exceder de doce meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. 

El plazo de presentación de las solicitudes para solicitar las ayudas se iniciará el día 25 de julio de 2022 y concluirá el día 31 de octubre de 2023.

PROGRAMA 5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

El objeto de este programa es el impulso a la implantación y generalización del Libro de edificio existente para la rehabilitación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de honorarios profesionales por su emisión, así como el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios de acuerdo con los límites establecidos, con el propósito de activar la demanda de una rehabilitación energética significativa y de alta calidad en los edificios, permita cumplir los objetivos europeos e impulse la actividad de este sector de actividad en el medio y largo plazo.

Serán actuaciones subvencionables por este programa las que se indican a continuación y sean posteriores al 1 de febrero de 2020:

1. Redacción de proyectos técnicos de rehabilitación de edificios en los que la actuación propuesta acredite los requisitos de mejora de la eficiencia energética establecidos en el artículo 7 de esta orden de convocatoria para poder ser considerada como actuación subvencionable dentro del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.

2. Redacción del Libro de edificio existente que contenga, de manera detallada, los aspectos relacionados en el anexo I del Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, (BOE n.º 239, de 6 de octubre).

El plazo de presentación de las solicitudes para solicitar las ayudas se iniciará el día 25 de julio de 2022 y concluirá el día 31 de octubre de 2023.

PROGRAMA 6. Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes

Pendiente de publicación


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